miércoles, 20 de febrero de 2008

Fondos Concursables para la Cultura- Uruguay

Fondos Concursables para la Cultura - Convocatoria 2008 Música Académica

Ministerio de Educación y Cultura - Dirección de Cultura
Fondos Concursables para la Cultura Ley 17.930, artículos 238 y 250
Convocatoria 2008 Música (académica)

Bases de la categoría

I. Presentación
En esta convocatoria, año 2008, el importe total para la financiación de proyectos de Música es de $ 900.000 (novecientos mil pesos uruguayos).

Este llamado esta pautado por:
• Bases Generales, comunes a todas las categorías.
• Bases de cada categoría, en este caso, Música.
Para elaborar proyectos deberá considerar ambas. Se recomienda leerlas con
atención.

Para la presentación de proyectos deberá utilizar:
• Formulario I, de presentación de proyectos, correspondiente a la categoría.
• Formulario II, de identificación del responsable del proyecto y del responsable de contenidos culturales.

II. Objetivos

Los Fondos Concursables para proyectos de espectáculos de música académica se
proponen fomentar: la producción1 de espectáculos, promoción y distribución en
todo el territorio uruguayo.
Se priorizarán los proyectos que se presenten fuera de las zonas donde actualmente se ofrece la mayor parte de los espectáculos de música académica.
Esta convocatoria premiará aquellos proyectos cuyas presentaciones se ejecuten
fundamentalmente en:
• localidades menores de 20.000 habitantes;
• departamentos más alejados de la capital del país;
• la periferia de Montevideo.

Se seleccionarán proyectos que produzcan, presenten, promocionen y
distribuyan, música académica en vivo, en espacios convencionales y no
convencionales (iglesias, instituciones deportivas, ferias, fiestas populares, etc.), en todo el país.

1 La producción no contempla los procesos de investigación y creación. A los efectos de este llamado deberán estar definidos previamente: obra, dirección, escenografía, iluminación, vestuario (si corresponde).

III. Elegibilidad

En la Convocatoria 2008 de la categoría Música sólo se aceptarán proyectos de
música ejecutada a partir de partitura, es decir, académica, tanto “culta” —antigua, barroca, clásica, romántica, contemporánea (instrumental, coral y sus variaciones)
—, como “popular” (tango, jazz u otros).

Este recorte se realiza valorando:
• lo menguado del monto total de este fondo para cubrir toda(s) la(s) música(s) y todas sus instancias (formación, creación, producción, etcétera);
• la existencia de otros fondos públicos que subvencionan la actividad musical
(FONAM, Universidad de la República, SODRE, Intendencias de todo el Uruguay,
entre algunos más);
• que la música popular tiene un respaldo importante en el mercado;
• que la música culta sinfónica lo tiene en instancias públicas: SODRE, Intendencia de Montevideo;
• que la música académica de cámara, “culta” o de origen popular, es la que menos contacto tiene con la ciudadanía residente a lo largo y ancho del país.

Serán elegibles los proyectos que involucren las siguientes alternativas:

a) producción, promoción y presentación de espectáculos;
b)presentación y distribución de espectáculos ya estrenados que se presenten en
zonas que prioriza este llamado.

Cada proyecto deberá ofrecer un mínimo de diez espectáculos en una de las
siguientes zonas:

Zona Localidades y distancias

I Todas las localidades ubicadas a una distancia mayor de 200 km de Montevideo.
II Localidades con una población menor de 20.000 habitantes, ubicadas a una distancia menor de 200 km de Montevideo
III Localidades con una población mayor de 20.000 habitantes ubicadas a una distancia menor de 200 km de Montevideo y barrios de Montevideo comprendidos en los centros comunales zonales 3, 4, 6, 8 (al Norte de Av. Italia), 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18.
Los proyectos deberán presentar un plan de actividades detallado, que incluya las de promoción y distribución del espectáculo en el territorio nacional.
Los responsables del proyecto deberán acreditar su experiencia en el currículum. Se considerarán los antecedentes en gestión de proyectos culturales.

IV. Concesión de los fondos

Habrá montos máximos por proyecto según la siguiente escala:
Zona I Zona II Zona III
$ 300.000 $ 250.000 $ 200.000
El proyecto deberá elegir una zona donde presentar las diez funciones. Sin embargo, se admitirá que hasta dos funciones de las diez se presenten fuera de la zona elegida y dentro de las zonas indicadas en esta convocatoria.
El monto solicitado deberá cubrir la ejecución del proyecto en todas sus etapas. En caso de que el proyecto cuente con otras fuentes de financiamiento, este fondo podrá utilizarse para viabilizar su realización.
El responsable de cada proyecto premiado deberá firmar un contrato con la
Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura.

V. Criterios de evaluación y viabilidad
El puntaje máximo que podrá alcanzar un proyecto será de 100 puntos. El jurado
calificará teniendo en cuenta los siguientes criterios de evaluación:
Criterios de evaluación Puntaje máximo
Calidad y relevancia cultural de la propuesta 40
Antecedentes y méritos (responsable del proyecto y responsable de contenidos culturales) 10
Coherencia en la formulación del proyecto 10
Viabilidad del proyecto (plan de promoción, adecuación presupuestal y requisitos formales) 40

Las dimensiones para evaluar los proyectos son:
a) contenidos culturales (calidad, antecedentes y coherencia). Hasta 60 puntos.
b) viabilidad (promoción, presupuesto y requisitos formales). Hasta 40 puntos.
La insuficiencia en una de las dos dimensiones basta para descalificar el proyecto.

VI. Obligaciones
El responsable del proyecto tendrá las obligaciones que se especifican en las Bases Generales y las de esta categoría.
El 50% de las localidades de las 10 funciones obligatorias serán gratuitas.

Los proyectos deberán prever un plan de ocupación de las localidades gratuitas.2
Contra la entrega del dinero del premio, el responsable del proyecto deberá
presentar dicho plan a la Dirección de Cultura.
El 50% de las localidades podrá cobrarse a un precio máximo de $ 20 (veinte pesos uruguayos). La recaudación será en beneficio exclusivo de los titulares del proyecto.
Todas las presentaciones y los materiales de promoción y difusión del proyecto
deberán mencionar que éste fue premiado por los Fondos Concursables para la
Cultura de la Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura, según la
forma que especifique el MEC.
Los proyectos premiados podrán publicarse en la página web del MEC u otros
espacios de difusión pública.
En caso de que se incumplan las condiciones establecidas en el contrato, éste será rescindido, y el monto otorgado deberá reembolsarse en forma inmediata.

VII. Presentación de la solicitud
Deberán presentarse 4 copias impresas del proyecto completo (Formulario I y
Formulario II) y eventualmente material complementario. Además deberá
presentarse una copia en soporte digital (archivo PDF o Word).
En caso que lo considere necesario, el jurado podrá solicitar documentación
probatoria.

Los formularios podrán obtenerse en:
• ‹http://fondosconcursables.mec.gub.uy› ó ‹www.mec.gub.uy›
• Solicitándolos por correo electrónico a info@fondosconcursables.mec.gub.uy

Las consultas se recibirán y responderán por escrito, mediante correo
electrónico: info@fondosconcursables.mec.gub.uy y por el teléfono (02)
9150103 exclusivamente en los días hábiles, en el horario de 14 a 18 horas.

Los proyectos se recibirán exclusivamente los días hábiles
entre el 18 y 29 de febrero de 2008 de 13 a 18 horas.

2 Por plan de ocupación de las localidades gratuitas se entiende, por ejemplo, el reparto organizado de invitaciones sin cargo a un público seguro de su concurrencia, la presencia en las funciones de grupos escolares o de otras instituciones, etc.
Reconquista 535, 5º piso, CP 11100 Montevideo, Uruguay
Teléfono (02) 915 0103 http://fondosconcursables.mec.gub.uy

No hay comentarios.: